El Consejo Local del Instituto Nacional Electoral (INE) en Guanajuato ordenó la eliminación de un video publicado en las redes sociales oficiales de Xóchitl Gálvez, así como de su canal de Youtube, por considerar la presunta difusión de propaganda calumniosa en internet y redes sociales.
La queja fue interpuesta por Ricardo Sheffield Padilla, candidato de Morena al Senado, por considerar que presuntamente hubo la publicación tanto de notas informativas en diversos medios de comunicación, como la difusión de videos alojados en las plataformas YouTube y X titulados “Lo que hoy nos ofrecen no es vida, es mediocridad y tú mereces más. Acámbaro, Guanajuato”, por lo que solicitó eliminar dicho material.
El video al que se hace alusión es al evento de cierre de campaña que Xóchitl Gálvez llevó a cabo en el municipio de Acámbaro, Guanajuato, el pasado 21 de enero.
En su queja, Ricardo Sheffield Padilla denunció la presunta difusión de información calumniosa, por lo que solicitó al INE la eliminación inmediata de dicho material.
Por ello, el Consejo Local del INE en Guanajuato analizó detalladamente las pruebas presentadas y llegó a dos conclusiones: que las notas informativas a las que se hizo alusión sólo recogían declaraciones de Gálvez Ruíz durante un evento de cierre de su precampaña en Acámbaro, por lo que no constituían señalamientos propios de los periodistas, sino más bien reflejaban su trabajo periodístico y estaban amparadas por la libertad de expresión. En consecuencia, se decidió no ordenar su eliminación de ninguna de éstas.
Sin embargo, en el caso del video mencionado, el Consejo Local del INE en Guanajuato consideró que sí contenía imputaciones de hechos o delitos falsos, que no habían sido probados, lo que constituía una propaganda calumniosa. Por ende, se determinó que la medida cautelar solicitada era procedente.
Por consiguiente, el órgano colegiado del INE emitió una orden dirigida a Xóchitl Gálvez Ruíz y a los administradores de las plataformas YouTube y X, a quienes estableció un plazo máximo de 24 horas para retirar o, en su defecto, detener la reproducción del contenido denunciado.